Historias y personajes: Memoria institucional
Documentos
de la última dictadura:
testimonio de la intervención militar en la UNC
Hace cinco años, un grupo de estudiantes y docentes de la Facultad de Filosofía y Humanidades logró reunir una serie de documentos institucionales emitidos durante la última dictadura militar. Estas resoluciones ponen de manifiesto algunas normas que se imponían en la época y los procedimientos empleados en la UNC para cumplir con los objetivos del gobierno de facto. La censura de libros, la expulsión de profesores y alumnos, la aplicación de sistemas selectivos de ingreso y la conformación de “comisiones asesoras para la reorganización de la Facultad” son algunas de las acciones represivas que fueron reglamentadas a través de estos escritos. A 30 años del golpe militar, los documentos serán exhibidos nuevamente en el marco de las actividades conmemorativas que realizará la Facultad.
Con la firma de interventores y delegados militares se suceden las ordenanzas, comunicados y resoluciones que fueron encontradas por profesores y alumnos de la Facultad y luego presentadas ante la comunidad universitaria en el marco del 25 aniversario del golpe militar. Estos documentos –que constituyen un valioso testimonio sobre el pasado institucional de la UNC durante una de las épocas más cruentas y sombrías del país- revelan algunos aspectos olvidados de un tiempo cargado de autoritarismo y represión.
La aparente torpeza de las normas establecidas en el ámbito universitario cobra otras dimensiones a la luz de los terribles acontecimientos que se sucedieron durante la última dictadura. La implantación del terrorismo de Estado y la violación de los derechos humanos –que incluyó delitos de lesa humanidad como la tortura, el genocidio y la apropiación ilegal de niños- también tuvo como marco en el espacio institucional la sanción de reglamentaciones que hacían efectiva la persecución ideológica y la devastación de los sectores que se oponían al régimen.
A 30 años del 24 de marzo de 1976, la Facultad de Filosofía y Humanidades exhibirá nuevamente estos documentos durante las jornadas de reflexión pública “Memoria y construcción de nuevos sentidos del pasado”. Los paneles podrán visitarse del 20 al 21 de marzo en el Pabellón Francia Anexo.
La caza de las brujas
El principal marco regulatorio que rigió en las universidades nacionales durante la dictadura se estableció a través de la ley 21.276, puesta en vigencia cinco días después de que la junta militar realizara el golpe de Estado.
Con el objetivo de “asegurar la mejor formación de la juventud argentina”, el gobierno de facto disolvió todos los órganos de decisión colectiva de las casas de estudio -como asambleas universitarias, consejo superior y consejos directivos- y nombró en su lugar interventores militares para dirigir estas instituciones.
Uno de los objetivos de los uniformados era la persecución de profesores y alumnos, y su posterior expulsión de los claustros universitarios, para poder desarticular cualquier intento de organización disidente. La mayoría de las sanciones, en consecuencia, se llevaron a cabo según lo dispuesto por el artículo siete de dicha legislación: “Queda prohibido, en el recinto de las universidades, toda actividad que asuma formas de adoctrinamiento, propaganda, proselitismo o agitación de carácter político o gremial, docente, estudiantil y no docente”.
En relación a este artículo, el comodoro Jorge Luis Pierrestegui, delegado militar de la UNC, emitió una resolución en abril de 1976 en la que determinaba el modo en que se iba implementar el cumplimiento de esta norma por la cual no iban a ser admitidos en ninguna dependencia universitaria “quienes desarrollen algunas de las actividades prohibidas”. En este caso, el nuevo rector-comodoro dispuso arbitrariamente que “las medidas serán aplicadas previa información sumarísima que será suministrada por los organismos competentes en el área de seguridad”. En otro párrafo anunciaba que las sanciones serían comunicadas al resto de las universidades del país para impedir que los alumnos y docentes pudieran pedir el traslado y continuar con sus respectivas carreras en otros lugares.
De acuerdo con las resoluciones de la época, reviste especial interés la designación de “comisiones asesoras” integradas por profesores de la casa para “colaborar en la reorganización de la Facultad, tanto en el orden administrativo como docente”. Así, bajo la firma del mayor Ricardo Romero, delegado militar a cargo de la institución, se establece en diferentes resoluciones del año 1976 que las comisiones “producirán dictamen de asesoramiento en todo lo que fuere consultada por la autoridad de gobierno de la Facultad”.
Cesanteados
Unos meses antes de producirse el golpe de Estado, algunos docentes de la Facultad ya eran expulsados de la institución. Por ejemplo, en febrero de 1976, Oscar del Barco fue cesanteado de sus funciones como profesor adjunto por concurso de la cátedra de Introducción a los Estudios Históricos de la Escuela de Historia, por decisión del decano normalizador Carmelo Felauto. La explicación que ofrece la resolución es simplemente que “todos los cargos docentes designados por concurso o interinamente han sido declarados en comisión”. Por el mismo motivo fueron destituidos posteriormente Eva Rosenfeld de Behrend, Juan Kocchiutti, Carlos Segretti, Roberto Miatello y Betty Lilians Romero, entre otros.
En el caso de la Escuela de Artes, con un plantel docente en su mayoría interino, el modo de aplicar la censura consistió en no renovar las designaciones. Según consta en el informe de la Comisión de Autoevaluación de dicha Escuela emitido en 1999, “a finales de 1975 los planteles docentes de las dependencias que más incomodaban a la intervención fueron desmantelados. Quizás el hecho más visible de este estado de cosas es que al iniciarse el año 1976 los departamentos de Cine y Teatro desaparecieron en la práctica sin que exista medida alguna que lo disponga oficialmente. Esto fue constatado en las investigaciones realizadas para la reapertura de ambos departamentos en 1986”.
En este sentido, el informe sostiene: “Con el pretexto de eliminar a ‘protestatarios e infiltrados’ se inician depuraciones de los planteles docentes, persecución de estudiantes, revisión de programas de cátedras y destrucción de todos los proyectos pedagógicos, de extensión e investigación que no se adapten al pensamiento intervencionista”.
De igual modo, un grupo de empleados no docentes que se desempeñaba en diferentes áreas y cargos del Instituto de Estudios Americanistas y la Escuela de Artes, entre otras dependencias de la Facultad, fueron “dados de baja” conforme a lo establecido en el artículo sexto de la ley 21.276, donde se establecía la cesantía para “los que constituyan un factor real o potencial de perturbación del normal funcionamiento del organismo al cual pertenecen”. Formaron parte de este grupo: Horacio Faas, Hilda Iparraguirre de Winocur, Oscar Moreschi, Héctor Ricardo Gentile, entre otros.
Alumnos rebeldes
Por medio de una resolución fechada en 1976, 35 alumnos pertenecientes a las escuelas de Psicología, Historia, Archiveros, Ciencias de la Educación y Filosofía fueron expulsados por decisión del delegado militar, “considerando que a mérito de los antecedentes que surgen de las informaciones recabadas de los servicios competentes ha quedado demostrado que los alumnos han observado una conducta reñida con lo dispuesto por el artículo 7”.
Según la ordenanza 22 que regía en la Casa de Trejo eran tres los tipos de sanciones establecidos: apercibimiento, suspensión y, finalmente, expulsión. Como todas las reglamentaciones del período, la arbitrariedad y desmesura en los criterios fijados impide determinar las diferencias que inspiraban la aplicación de cada una de las sanciones. Sobresalen, por su carácter represivo, las siguientes faltas:
- Desobediencia a la orden impartida por un profesor, docente auxiliar o autoridad universitaria, que tienda a mantener el orden o evitar actos de indisciplina.
- Falta de respeto a un profesor docente auxiliar o autoridad universitaria.
- Participación en desórdenes en el ámbito universitario o en sus inmediaciones.
- Actitudes o expresiones contrarias al decoro o las buenas costumbres.
- Participación en tumultos, desmanes u ocupación de locales universitarios.
Otra ordenanza de abril de 1976, por su parte, daba cuenta del aspecto que debían conservar los alumnos para poder realizar “cualquier trámite en las distintas dependencias administrativas o académicas” de la UNC, así como establecía las normas para poder pasar por los controles en dichos espacios. En primer lugar, los estudiantes debían “presentarse en correctas condiciones de aseo personal, con decoro y sobriedad en el vestir” y, además, al entrar a cualquier dependencia tenían que “presentar el documento de identidad y la libreta de trabajos prácticos debiendo concordar en ambos documentos los datos y las fotografías que se exhiben”.
Libros bajo llave
Si bien durante el período militar se puso en práctica un conjunto normativo caracterizado por su raíz autoritaria, intolerante y persecutoria, algunas reglamentaciones causan asombro precisamente porque parecen de inaudita aplicación en el ámbito universitario. Es el caso de la resolución 667 puesta en funcionamiento en junio de 1976 en la que se establece que “toda designación o ascenso de personal, en especial la incorporación de nuevos agentes en cualquier dependencia universitaria, deberá contar previamente con la información pertinente de la Secretaría de Informaciones de Estado (SIDE)”. También sirve como ejemplo un comunicado emitido por la Facultad de Filosofía en el que se informa que, además de los baños para mujeres y varones, queda habilitado en el segundo piso del Pabellón Residencial un sanitario para uso exclusivo de la “delegación militar”.
Contrariamente a la mayoría de los documentos, que se caracterizan por la economía de palabras y ausencia de explicaciones, la resolución 455 de septiembre de 1976 constituye uno de los textos con mayor esfuerzo de producción. Los considerandos de este escrito sostienen, entre otras cosas: “que no existe compatibilidad alguna entre las doctrinas marxistas o filomarxistas y nuestro ser y nuestra tradición nacional”; “que dichas teorías constituyen el máximo adversario de la misma ley natural”; “que no sólo atentan contra la dignidad humana reduciendo la condición del hombre, sino que constituyen un elemento destructor de la sociedad, haciéndola desembocar fatalmente en la opresión y conduciendo a la abolición de la libertad al propugnar una lucha de clases que, erigida en sistema, lesiona e impide la paz social, imprescindible para que se den condiciones que favorezcan el estudio y el progreso”. Además explica: “que las actuaciones prácticas a que ha conducido la aplicación de los principios marxistas y filomarxistas en nuestro país no ha sido beneficiosos para el logro de los objetivos que se desprenden de nuestro destino histórico” y “que para la interpretación correcta de algunos textos se requiere el juicio prudencial de personas calificadas, que tengan acceso a fuentes directas por necesidad de estudio e investigación”. En consecuencia, el delegado militar Romero resolvió que sean retiradas de la biblioteca de la Facultad las obras pertenecientes a Hegel, Feuerbach, Marx, Engels, Stalin, Lenin, Mao-Tse Tung, Ernesto Che Guevara, Lucàks, Bloch, Marcuse, Garaudy, Althusser, Paulo Freire “y cualquier obra que pertenezca al mismo corte ideológico”. Finalmente, la resolución determina que “estos volúmenes deberán estar guardados bajo custodia de la directora de la Biblioteca, quien será responsable de la entrega de los mismos”.
Revista Alfilo agradece el material aportado por Diego Tatián y Andrea Sarmiento para la elaboración de esta nota.