Octubre - Noviembre de 2007 | Año 3. Nº20
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CÓRDOBA, Argentina
 


Opinión

El discurso de la “minería responsable y el desarrollo sustentable”: notas locales para deconstruir políticas que nos hablan en una lengua global

 “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo." Art. 41 de la Constitución Argentina

I. La mega minería convoca al mundo al “cambio cultural”: el poder semiótico del capital global.
Investigando la construcción hegemónica de consenso y los conflictos sociopolíticos que se verifican actualmente en la región ante la megaminería aurífera [1], mi indagación me ha conducido a las que denomino actas fundacionales de un discurso global.

Me refiero con ellas a las producciones que toman dimensión pública y que resultan de enclaves multiactoriales propiciados por las más grandes empresas auríferas del mundo, junto a gobiernos, fundaciones, grupos financieros globales, entre otros, para consagrar un discurso que atraviesa las políticas de los Estados regionales, consolidando una lengua que no sólo funda el mundo al que remite, sino que busca imponerse como el único mundo y la única lengua para hablarlo. La eficacia de este dispositivo se mide en su poder para inscribir en el dominio cultural la legitimidad de una de las industrias más poderosas de la economía del planeta, lesiva y profusamente denunciada mediante casuísticas probatorias en todo el mundo. También en nuestro país.

Las denominaciones “Minería Responsable” y “Desarrollo Sustentable”, como se las encuentra en las páginas institucionales de las empresas auríferas y en  discursos gubernamentales, entre varios otros, funcionan como reaseguros a priori para enmarcar la economía extractiva transnacional mediante la evocación del principio jurídico de responsabilidad ante terceros -compromiso de no daño-  y, a la vez,  la postulada naturaleza filantrópica del empresariado sensible a las necesidades y deseos de la sociedad y las comunidades bajo explotación.

En una elíptica y estratégica cópula, esta minería y el desarrollo que invoca se inscriben de lleno en un discurso políticamente correcto de “derechos humanos” que se sostiene y circula en alianza entre empresas del sector, organismos financieros, comisiones internacionales de diseños de políticas económicas y culturales, tanto regionales como nacionales, redes de consultores, asesores, fundaciones y otras ongs., difusores, comunicadores  y agencias de investigación, innovación y transferencia tecnológica.

A manera de sordina y de ceguera, este macro discurso y la lengua que inventa, ha buscado “naturalizarse”, como si fuera una lengua preexistente, pero en rigor, podemos localizar su emergencia desde fines de los 90, y su puesta en circulación desde el año 2002, con informes producidos en el marco de “talleres” promovidos por nueve de las mayores empresas mineras del mundo, las que se proponen instituir condiciones de aceptabilidad para la institucionalización de la megaminería.

Bajo la Iniciativa Global para la Minería (GMI) y a través del Consejo Mundial Empresarial para el Desarrollo (WBCSD), las empresas encargaron al Instituto Internacional para el Medio Ambiente y el Desarrollo (IIED),  el Programa Mining, Minerals & Sustainable Development (MMSD) llamado a producir “un cambio cultural” respecto a la minería a gran escala, para ser concebida como factor del desarrollo sustentable. A manera indicativa, para ponderar el peso y el poder de los actores convocantes, diremos que el Grupo de Patrocinadores estuvo conformado por compañías mineras, entre ellas, las mayores auríferas del mundo, como la canadiense Barrick, Anglo American, Río Tinto, MIM Holdings, Newmont, etc., organizaciones internacionales de financiamiento, como el Grupo del Banco Mundial, los gobiernos de Canadá, Reino Unido y Australia, países de origen de los capitales de numerosas mineras,  la Fundación Rockefeller, el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), entre otros. Las tres primeras auríferas nombradas operan en Argentina: Barrick, además del Proyecto Veladero en funcionamiento, en San Juan, ha sido autorizada a realizar Pascua-Lama, el único y más que denunciado proyecto binacional del mundo,  por el cual Chile y Argentina han cedido soberanía y territorio a la transnacional canadiense; Río Tinto, en la Patagonia y Anglo Gold Ashanti, en Cerro Vanguardia, Santa Cruz, una de las primeras provincias en autorizar esta mega minería junto con Catamarca, en la década de los 90.

En los límites de estas notas, sólo referiré que en el trabajo de construcción de un lenguaje común, la “minería responsable” se inscribe como un lugar vacío para ser llenado en el futuro, gracias al promisorio avance de investigaciones para reducir daños – y costos- y la adopción de instrumentos y medidas de gestión pública que promuevan la licencia social para operar de las empresas, estableciendo una causalidad por la cual el conflicto antiminería produce la parálisis del desarrollo que se busca, aunque no se lo defina. Basta pensar en las irreconciliables concepciones de desarrollo que sostienen distintas teorías económicas para advertir que el significado y el valor del término será definido por los actores con mayor fuerza en estos escenarios que simulan ser conversaciones horizontales  y diálogos entre iguales, en la irreductible asimetría y diversidad de intereses entre, por ejemplo, empresarios de la mega minería transnacional, mineros artesanales  y “native communities” .

En esta meta de evitación y resolución de conflictos, tanto en su informe final, presentado en 2002, como en sus informes parciales, los impactos de esta minería a cielo abierto y por lixiviación con sustancias tóxicas, son redenominados por el MMSD, como “desafíos” de la industria minera, admitiendo los daños que conlleva. En algunos borradores, se explicita que los daños son innegables, pero que también producen daños otras actividades, como la agropecuaria y la forestal, de modo que su carácter lesivo manifiesto no es obstáculo para seguir sosteniendo y extendiendo la actividad minera.
Mientras se llevan adelante los talleres, el trabajo del MMSD señala la “feliz” coincidencia de otras iniciativas simultáneas que cooperarán en definir, cargar de contenido la “responsabilidad”, e inventar parámetros para medirla. Ejemplo de ello era entonces el establecimiento de un Código Internacional para el Manejo de Cianuro (CMC), investigación también encargada y pagada por las empresas mineras, los fabricantes y los transportadores de cianuro.  Tres años después, el código de uso “voluntario”, serviría de reaseguro y motivo de premiación para la responsabilidad ambiental de las empresas adoptantes. Entre los auditores “independientes” llamados a monitorear las buenas prácticas empresariales derivadas del código, una se encuentra con consultores que, a la vez, venden a las mineras servicios de consultoría para manejos de suelo, usos de agua, instalaciones de piletas de lixiviación, etc., es decir, quienes son contratados para auditar, son empresarios del “sector”, según la generosa extensión que el MMSD le dio a este término en sus marcos prácticos.  
La apelación al futuro de una minería responsable a lograr en un proceso abierto al porvenir, resulta parte integral de las estrategias de los informes y su aceptación a diversos niveles, como también de las páginas institucionales de las empresas auríferas. La futura “minería responsable”, que no puede negar los impactos y daños, es la “idea-fuerza” (sic) explícita de una meta para años venideros. Así, el presente se configura como “transición para el desarrollo sustentable”, y los asesores del grupo que condujera el MMSD sostienen que aceptar los desafíos demanda un “cambio cultural” (sic) respecto a la actividad, tercera postura argumentativa explícita con la que se pretende superar, mediante acciones persuasivas, la dicotomía entre los intereses ilimitados de las empresas y el rechazo de comunidades y “conservacionistas”, denominación esta última que en sí misma desacredita a los numerosos actores de distinta filiación institucional quienes, en nombre de los impactos ya comprobados y saberes técnico-científicos y jurídicos especializados, formulan objeciones a y obstáculos para esta actividad. Mientras, logrado o no el “cambio cultural”, se explotaban y se explotan los recursos en los países que, como Argentina, Chile y Perú ya habían modificado sus legislaciones en beneficio de las empresas.
En el “Reporte Ejecutivo” de Abriendo Brechas, sugestivo título para su informe final conteniendo recomendaciones, el MMSD asegura que la mega minería no presenta obstáculos, sino que plantea “oportunidades”  y “desafíos” a todos los actores, incluidas las universidades. “Desafíos” es la denominación que, en simultaneidad, afirma los daños constatados y reportados, y que seguirán produciéndose hasta que llegue el futuro prometido, y resignifica la contaminación, la pérdida de biodiversidad, el agotamiento de recursos y de agua, entre otros impactos, como “legados del pasado de la minería” (sic) que deberán ser superados con cooperación entre los distintos actores “responsables”, mientras sigue su marcha la extracción minera en gran escala.

Junto y casi con la misma contundencia, en los trabajos del MMSD se atribuye a la corrupción política ser una de las causas por las que la mega minería soporta una imagen socialmente negativa que contribuye a suscitar conflictos. Por ello, el Final Report y el informe MMSD para América del Sur introducirán la gobernanza -, y no la gobernabilidad- como significante clave para el ejercicio eficaz de la autoridad institucional de los gobernantes de estos países, en orden a lograr la licencia social para operar. Esto implica en las elipsis del MMSD, que la mera legalidad del cuerpo normativo que las clases políticas puedan sancionar o hayan sancionado a medida de los intereses de las empresas no bastará para ejecutar sin conflicto, las políticas extractivas de los recursos naturales en territorio.

Es ésta una de las poderosas razones por las cuales el MMSD propone un necesario “cambio cultural” basado en la legitimidad de esta minería contaminante.

Todo el proceso y el informe resultante pueden considerarse una especie de declaración/fundación del futuro: el futuro volverá responsable a la minería, y la minería llegará a ser lo que aún no es: “factor de desarrollo” a lograr. Este  significante, por supuesto, queda abierto a las políticas económicas que las empresas exigirán de las administraciones estatales, en nombre de la lucha contra la pobreza y por el derecho al desarrollo de nuestros países proveedores de materia prima, según su discurso políticamente correcto. Entre los puntos ciegos de este discurso se destaca la omisión de cualquier explicación por la cual hasta ese momento, bienio 2000-2002, la minería que agotó el oro en veta en el mundo nunca propició el desarrollo de las “comunidades pobres”. Omisión que aún queda silenciada, un lustro después.

Las metas a realizar por una minería que aún no existe, puesto que el desarrollo está por definirse y la responsabilidad postulada aguarda por hallazgos de próximas investigaciones que indaguen sobre los “desafíos”, entre otras implicaciones mayores, ampara la intencional búsqueda de consenso para autorizar  los procesos extractivos en zonas aún no permitidas: reservas naturales, áreas protegidas, biósferas, patrimonios de la humanidad, territorios de comunidades originarias. Un año después, esta pretensión se discutiría a escala mundial, pero reforzando la arremetida, el MMSD insistiría en la necesidad de desinhibir las categorías de las entonces zonas protegidas en nombre de “un lenguaje común”.

No parece necesario ser biólogo, geólogo ni ecólogo para advertir que una actividad que vuela montañas a fuerza de miles de toneladas diarias de dinamita, desvía cursos de ríos y emplea millones de litros diarios de agua dulce para lavar en cada yacimiento y con sopa química los guijarros en los que queda convertida, por ejemplo, la Cordillera de los Andes, no puede ser inocua. Sin embargo, esto está ocurriendo hoy en el Proyecto Veladero, a cargo de Barrick Gold en área de la Biósfera de San Guillermo, en San Juan, declarada patrimonio de la humanidad por la UNESCO.

Alcanzará para impedir los impactos del uso a perpetuidad de las aguas, la pérdida de biodiversidad, etc. que el equipo de fútbol de esa provincia lleve el logo de Barrick en su camiseta, y que la candidata oficial a presidenta, en el Consejo de las Américas, oferte la Argentina a los inversores, con el logo de Barrick como sponsor del evento a sus espaldas?

Las páginas institucionales donde las mineras se autopresentan como social, económica y ambientalmente responsables, son más elocuentes para advertir de qué manera la responsabilidad de la minería y la sustentabilidad del desarrollo están abiertas al porvenir: susbsidios para investigación y transferencia tecnológica sobre manejo de cianuro, manejo y enterramiento de restos sólidos y pasivos ambientales, casuística de pérdidas de biodiversidad y relevo de especies luego del cierre de las minas, métodos que reduzcan los consumos de energía y de agua y reducción de factores  para el calentamiento global, se destacan entre los proyectos financiados por las empresas y que ellas detallan en sus informes de operaciones ante los inversores, bajo el menos utópico argumento de la reducción de costos por onza de oro.  Luego de estas fuertes inscripciones para una lengua común, se  ha continuado produciendo una profusa documentación sobre el impacto de esta minería; incluso desde el discurso de Derechos Humanos no estatal. No obstante, en el reciente congreso sobre parques nacionales realizado en Bariloche, días atrás, el discurso hegemónico empresarial presentaba, para escándalo y rechazos fundados de los asistentes, el “manual de las buenas prácticas mineras”. El auditorio de especialistas, entre otras cosas, le exigió a los voceros que presentaran un estudio de caso de no daño ambiental en zonas explotadas por la minería, casi replicando las investigaciones a las que en 2002 llamaba el MMSD: estudios de casos donde se demuestre los impactos de las tomas de decisiones respecto a la minería, “por ejemplo, consecuencias negativas de una decisión por la que se impidió la explotación minera” (sic).

En el informe para América del Sur, el Grupo de asesores reconoce que el taller de dos años que los patrocinadores financiaron con un monto total de 8 millones de dólares, no tuvo como objetivo discutir si la minería es o no sustentable, ni tampoco discutir la sustentabilidad de la actividad minera, sino que, por la situación social y económica de nuestros países, la  pregunta orientadora había sido “cómo puede la minería volver sustentable a la sociedad?”   Entre los expertos que integraron el MMSD para América del Sur, se encuentran, entre otros, Daniel Meilán, ex Subsecretario de Minería de Nación durante la presidencia de Carlos Menem, en cuyo cv el Informe destaca haber logrado el cambio de la legislación argentina, y Chaparro, actualmente miembro de CEPAL, la Comisión Económica para América Latina, explícito defensor aún hoy de las empresas mineras en nombre del desarrollo de la región [2].

II. El discurso y la lengua transnacional: el poder semiótico del capital en políticas locales.  
Mientras el MMSD y los institutos asociados buscaban controlar las significaciones de la minería responsable y el desarrollo sustentable para la legitimidad de la industria encabezada por las auríferas transnacionales a fines de los 90, para lo cual financiaron el programa del bienio 2000-2002, Bajo la Alumbrera,  en Catamarca, y Cerro Vanguardia,  en Santa Cruz,  estaban ya en explotación, según el conjunto normativo que el Estado nacional definió en esa década como estado de derecho para la minería. Ambas provincias iniciaban el neo-mapa de la Argentina minera, que pone en crisis la relación entre territorio y soberanía, dos elementos constitutivos de la idea misma del Estado Nación, y fundamento de lo que entendemos por lo público-estatal y el bien común, en el universo simbólico de la (nuestra) Nación.

La minería aurífera presenta una preocupante y provocativa particularidad: la inhibición del propio Estado nacional para explorar /explotar los recursos mineros en su (nuestro) “propio” territorio, auto-inhibición por ley del Estado para disponer de su (nuestra) soberanía. El mapa de la minería aurífera corresponde al de una supra-nación, una nación que se delimita en un territorio otro, aquel que ya no responde al lazo de la soberanía, y que nos ha instituido a los argentinos desde entonces, con la figura del superficiario, ante el beneficiario del subsuelo, el empresariado privado, casi dominantemente transnacional.

¿Qué mapa es imaginable y qué condición de ciudadanía emerge, cuando el subsuelo, lo que está dentro de las montañas, lo que está en las entrañas de las sierras, lo que aloja a patrimonios arqueológicos, lo que sostiene y alimenta zonas protegidas, reservas naturales, comunidades originarias y rurales, etc. está cedido por leyes  nacionales al sector empresarial-privado? ¿Qué queda de las relaciones entre soberanía y territorio, qué del imaginario de la Nación, cuando el Estado se ha autoasignado el único rol de custodio y garante de un ordenamiento territorial que nos vuelve “cantera” para una economía extractiva que, por ley, sólo puede beneficiar a lo empresarial/privado? ¿Acaso, entonces, nuestras representaciones sociales del Estado han perdido su condición real engendradora? Y si es así, ¿con qué retóricas y puestas en escenas aún el Estado y la clase política propenden a sostener su ahora imaginaria condición de operador de lazo?

  1. Las preguntas nos remiten a la década de los 90, pero llegan hasta este mismo momento. La ley minera y otras sucesivas por las que se complementa, tienen a la doble presidencia de Carlos Menem, propiciador de la macro-transformación del Estado, y a otros posibilitadores locales de esta desapropiación territorial. Sabemos que la llamada macro-privatización ha sido un fenómeno verificable en toda la región, pero también sabemos, por significativos estudios de cientistas y economistas que en Argentina, la “transformación neoliberal” del Estado adquirió, por su fuerza, alcance, velocidad y despojos, el carácter de caso “testigo” de un Estado,  no ausente sino auto-depredador, que enunció las leyes que el capital y el mercado dictaban para sus intereses, bajo la coartada de la “globalización”.
    Esa década nos confronta con un escenario de complicidades y corrupción entre funcionarios, empresarios e intermediarios de distintos niveles, cuyos espectros no son sino agentes concretos que hoy ratifican las políticas extractivas así legalizadas. Baste aquí como punto de referencia consignar que en los 90 y a partir de una propuesta del Banco Mundial, el Ministro Kohan, y los senadores Gioja (San Juan) y Maza (La Rioja), impulsaron  junto a Domingo Cavallo, la aprobación de las leyes que rigen la minería en gran escala.  Este sistema legal especial garantizó y garantiza hoy a las multinacionales [3]:
    1- Doble Deducción de Gastos de Exploración (Ley Nº24.196) - Pueden deducir el 100% del monto invertido en determinar la factibilidad de un proyecto del calculo del Impuesto a las Ganancias (prospección, exploración, estudios especiales, planta pilotos, investigación). Y además lo deducen de la ley de Impuestos a las Ganancias.
  2. Devolución del IVA a la Exploración (Ley Nº 25.429) - Devolución de créditos fiscales de IVA (a los 12 meses)
  3. Estabilidad Fiscal y Cambiaria (Ley Nº 24.196) -Estabilidad fiscal por 30 años. Las mineras no podrán ver afectada su carga tributaria o arancelaria, disminuir sus beneficios, ni ver modificado su régimen cambiario. (en el aspecto fiscal incluye los impuestos que gravan los intereses de prestamos en el exterior, pero quedan fuera el IVA y los reintegros a las exportaciones. Respecto al régimen cambiario se excluye la paridad cambiaria). En otros países estos beneficios no son GRATIS.
  4. Amortización Acelerada (ley Nº 24.196) - Maquinaria, construcciones , vehículos e infraestructura se amortizan en 3 años. Puede trasladar el quebranto de una amortización acelerada al próximo ejercicio fiscal, cuando no pueda ser utilizado en un 100%. El quebranto puede ser trasladado indefinidamente hasta que la empresa genere ganancias que permitan utilizarlo.
  5. Exenciones de Aranceles y Tasas Aduaneras ( Ley Inv. Mineras -Resolución 112/2000) - No pagan derechos de importación o de todo otro gravamen, derecho o tasa de estadística por la importación de bienes de capital, equipos o insumos.
  6. Deducción por Gastos de Conservación de Medio Ambiente ( Ley Inv. Mineras) - Estos gastos son deducibles hasta un 5% del monto total de los gastos de extracción y procesamiento.
  7. Exención de Ganancias (Ley Inv. Mineras) - Están exentas las utilidades derivadas del aporte de minas y derechos mineros para capitalizar sociedades.
  8. Regalías (Ley de Inv. Mineras- Ley 25.161- artículo 22bis) - El tope fijado en el país es del 3%. En Chubut es del 2% del valor de bocamina del mineral extraído.
  9. Exención del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (Ley de Inv. Mineras)
  10. Capitalización de los Avalúos de Reservas Mineras - El avalúo de reservas mineras, podrá ser capitalizado hasta en un 50%. Esto no incide en el impuesto a las ganancias, sólo mejora la situación patrimonial para acceder a créditos. (Ley de Inv. Mineras)
  11. Devolución Anticipada y Financiamiento de IVA - Devolución o financiamiento en importación o compra de bienes e inversiones de infraestructura. - Devolución del IVA dentro de 60 días. Los créditos fiscales de IVA pueden ser canjeados por un préstamo bancario del mismo monto. El estado se hace cargo de los intereses hasta un 12 % anual. Y el crédito puede ser a 2, 4 o 6 años.
  12. Exención de Contribución sobre la Propiedad Minera - Léase: Propiedad Minera = productos, establecimiento, maquinaria, vehículos, etc. - Esto alcanza a todo impuesto o gravamen, presente o futuro, nacional, provincial o municipal - (Quedan excluidas: el canon minero, tasas de retribución de servicios e impuestos a los sellos por actuaciones judiciales).
  13. Gravámenes Provinciales y Municipales: En el acuerdo Federal Minero (Ley 24.228) Los estados Nacional y Provinciales acordaron eliminar todo gravamen y tasa municipal e impuesto a los sellos (exención a los Ingresos Brutos, sellos, etc)
  14. Reembolsos por Puerto Patagónico - Se establece un reembolso a las exportaciones realizadas por Com. Rivadavia Com. Del 5% (aumenta cuando más austral es la ubicación geográfica del puerto). (Ley 23.018 y su modificatoria Ley 24.490)
  15. Exención de Retenciones a las Exportaciones (otras actividades aportan entre un 10% y un 20%)
  16. Exención del Impuesto al Cheque (decreto Nº 613/2001) Para el resto de las actividades la tasa es del 6 por mil.
  17. Deducción del 100% del Impuesto a los Combustibles Líquidos (el que todos pagamos cuando cargamos nafta)
  18. Transferencia al exterior de capital y Ganancias en cualquier momento y sin pagar cargas o impuestos sobre dichas transferencias
  19. No deben liquidar divisas. Están autorizados a no ingresar al país el 100% de lo producido por sus exportaciones.

Más allá de ciertos usos políticos de los 90 como “década infame” en la retórica del discurso oficial, la década pasada y sus implicancias para la mega minería, no sólo no han dejado de ser condiciones jurídico-políticas de posibilidad y existencia, sino que se han ratificado, ampliado y ahora extendido. La actual presidencia ha asignado rango de “Plan Nacional”  a  la actividad minera, considerándola estratégica para el “desarrollo”; y el Subsecretario de Minería de la Nación, ingeniero Mayoral, empresario minero que participa de tres empresas,  conforma el cuerpo estable del nuevo organigrama del Estado, en el cual la Cámara Argentina de Empresario Mineros (CAEM) –a la que están integradas las  transnacionales, no obstante su denominación “nacional”- tiene funciones de asesoría al Congreso de la Nación.   ¿Será parte este organigrama de la ventriloquia empresarial por medio de la cual habla el Estado de la “gobernanza”?

Este cambio disloca la divisoria misma entre público-estatal y particular empresarial, trastocamiento que se evidencia también en otros ámbitos del Estado, como el ENARSA, ente que acaba de admitir que las cinco represas que está por construir en un proyecto destructivo del sistema ecológico cordillerano imposible de revertir en sus impactos, son para proveer energía a Barrick Gold, según los pliegos públicos. La “crisis energética” que intermitentemente ha poblado la actualidad mediática parece haber comenzado a mostrar sus razones. También el reciente aumento del 12% del presupuesto nacional de alrededor de 14.ooo millones-  por decreto presidencial, del cual, más de 8000 millones fueron asignados al ministro Julio De Vido, de quien dependen estas represas,  aun cuando el Congreso estaba en periodo de sesiones. ¿Gobernanza o desarrollo sustentable? Incierta respuesta ya que al Ministerio de Trabajo sólo le correspondió un millón y al Ministerio de  Desarrollo Social, nada.

III. En torno a una consigna. A manera de cierre
Tucumán, La Pampa, La Rioja, Chubut, Mendoza han prohibido esta minería contaminante en nombre del derecho. En esta sociedad civil movilizada, como diría Paulo Freire, a la denuncia le sigue el anuncio, el “Sí a la vida”. En esta sociedad civil hay, en relación a la implementación de las políticas extractivas en territorio, una producción de verdad que se pretende silenciar y que recuerda a otras épocas en que se negaba la violencia del Estado. Varias comunidades ya afectadas vienen produciendo informes de contaminación que el Estado oculta y las empresas niegan. Tal el caso de Bajo La Alumbrera, cuyos informes de contaminación estaban en la página oficial de la Secretaría de Minería de la Nación, y ésta fue eliminada luego de que se publicara ese dato en la prensa. Al menos cuatro accidentes se han producido en su mineraloducto, sobre los que la empresa nunca informó sino hasta la intervención de otros actores. Recientemente, ha recurrido al INTI para asesoramiento ante sus reiterados accidentes, pero este organismo se negó a ello pues no aceptó la cláusula de “confidencialidad” que le exigía la empresa.

Biólogos, ingenieros de minas, geólogos, sociólogos, constitucionalistas, especialistas en derecho internacional público, en derecho preventivo, químicos, agrónomos, economistas, periodistas, asambleas de vecinos autoconvocados que sindican complicidades entre políticos locales y empresas, quitas o compras forzadas de tierras, desvíos y/o embalses de agua para garantizársela a los yacimientos, y producen informes independientes de mortandad de peces y contaminación de espejos de agua, etc. etc.,  integran las redes de la sociedad civil de los movimientos socioambientales. ¿Están todos equivocados? ¿Qué plus de garantía en su veridicción tienen sobre ellos los profesionales de esos mismos campos de conocimiento que trabajan para las empresas, o reciben sus subsidios o, de manera lábil y táctica, transitan las órbitas estatal-empresarial?

En estas notas he procurado aportar elementos para comprender, aun de manera incompleta, qué significa “No a la Mina”  y “contra el saqueo y la contaminación”, enunciados-consignas que en su poderosa economía verbal aúna a los movimientos socioambientales de nuestro país, consignas que  sostienen responsable, legítima y legalmente en sus prácticas de democracia representativa y también directa, y que lejos están de ser hordas primitivas de fundamentalistas, seres irracionales, fanáticos o ignorantes, como los estigmatizan los operadores del discurso de la alianza Estado-empresas.

La reciente aprobación en el mes de junio de la ley antiterrorista por parte del Congreso Nacional, en aceleradísimo trámite parlamentario a solicitud de los inversores extranjeros, abre a una preocupante instancia biopolítica, donde seguridad, territorio y población parecen exponer como blancos móviles a estos movimientos que rechazan la minería contaminante y a esta fase del neoliberalismo basado en la extracción de recursos no renovables.


1) Estas notas integran la investigación que dirijo y que ha conducido al proyecto Dispositivos hegemónicos y construcción de neomapas de la Argentina actual, Primera etapa: “Conflicto, territorio, verdad y formas jurídicas en la minería aurífera”, en equipo interdisciplinario, CIFFYH, Secyt 2007. En red con el equipo dirigido por la Dra. Maristella Svampa (CONICET-CLACSO) de la UNGSarmiento, y el Magter, Horacio Machado, UNCatamarca, estamos produciendo el mapa de las problemáticas socioambientales en Argentina. 

2) Minería, Minerales Desarrollo Sustentable en América del Sur,  Coeditado por CIPMA Centro de Investigación y Planificación del Medio Ambiente, CIPMA y Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo, IDRC-, Iniciativa de Investigación sobre Políticas Mineras, IIPM . Este trabajo fue realizado con la contribución del World Business Council for Sustainable Development (WBCSD, Ginebra, Suiza), el International Institute for Environment and Development (IIED, Londres, Reino Unido) y el Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo (IDRC, Ottawa, Canadá). WBCSD IIED IDRC Canada wordmark Institución cofinanciadora en la Región Secretaria de Minas y Metalurgia del Ministério de Minas y Energia de Brasil.

3) Datos citados del documento de síntesis producido por y disponible en www.noalamina.org

Por Mirta Alejandra Antonelli
Docente Investigadora
Profesora Adjunta por concurso
Directora de Proyecto
Responsable de Programa