Impactos y desafíos frente a la reglamentación de la ley de Parto Humanizado

www.nataliaroca.comA once años de haber sido promulgada, el 1 de octubre de 2015, quedó finalmente reglamentada la Ley de Parto Humanizado en Argentina. La noticia se publicó en Boletin Oficial e impacta de manera directa en la modificación de prácticas y protocolos médicos hacia la atención de las mujeres, durante sus embarazos y partos, dentro de hospitales y clínicas del país. Desde 2013, la FFyH viene desarrollando distintas actividades de difusión y sensibilización a favor de los derechos contemplados en esta ley y en contra de todo tipo de violencia obstétrica.

La reglamentación de esta ley es el paso jurídico necesario para poder exigir y modificar una serie de prácticas institucionalizadas en protocolos médicos, que resultan invasivas o violentas en los momentos de la atención de embarazos, partos y pospartos. El cambio supone además modificaciones en coberturas de obras sociales y en la formación académica de los estudiantes de medicina, especializados en obstetricia. No es casual que desde su sanción hasta su debida reglamentación hayan pasado once años. Los derechos detallados en la ley 25.929 invitan a asistir los nacimientos dentro de un nuevo paradigma de respeto y contención, e implica la modificación de prácticas concretas que inciden en el ámbito cultural, académico y profesional, dentro de los efectores de salud, a fin de garantizar los derechos vigentes de las mujeres embarazadas, los padres y cada persona (niña o niño) durante el proceso de su nacimiento.

En este sentido, la Facultad de Filosofía y Humanidades de la UNC viene desarrollando una serie de actividades desde hace dos años. La primera acción fue realizada desde la Secretaría de Extensión de la FFyH, junto al colectivo Mujeres por un parto Respetado y dependencias de la UNC, en noviembre de 2013, con la puesta en marcha de la Campaña por un Parto Respetado. Allí se priorizó la difusión de información sobre el marco legal existente e implicó un trabajo de producción multimedia en conjunto, cuyo contenido fue transmitido por los SRT, portales electrónicos, radios locales y logró una fuerte viralización en redes sociales. El impacto de la campaña evidenció la gran demanda existente, entre mujeres y familias de Córdoba, exigiendo el debido cumplimiento de esta la Ley de Parto Humanizado para lograr ponerle  fin a todo tipo de violencia obstétrica.

De allí en más la FFyH se comprometió en la tarea difundir los derechos contemplados en Ley 25.929, organizando charlas abiertas, encuentros con profesionales de la salud, y semanas con actividades vinculadas a la temática. Incluso, el 25 de agosto de 2014, la Facultad de Filosofía y Humanidades, la Escuela de Trabajo Social y la Facultad de Ciencias Médicas lograron firmar un Acta Acuerdo donde se comprometieron a realizar  acciones conjuntas que favorezcan la plena aplicación de la Ley de Parto Humanizado, en el Hospital Universitario de Maternidad y Neonatología de la UNC.

Actualmente la FFyH, junto a la Escuela de Trabajo Social, están llevando a cabo el proyecto de extensión en articulación con las prácticas académicas, denominado “Mujeres protagonistas, en el camino del parto respetado”. (Ver recuadro).
De manera paralela, a comienzo de este año, el Área de Gineco-Obstetricia del Hospital Misericordia de Córdoba, convocó a la licenciada Lilia Hernández para que participe como capacitadora en la preparación para Parto Respetado, dentro de distintos talleres que se imparten en ese Hospital.

A su vez, para fines de noviembre de año, la Secretaría de Extensión de la FFyH, la Escuela de Trabajo Social e integrantes del colectivo Mujeres por un Parto Respetado trabajan de manera conjunta en la organización de un encuentro con profesionales de la salud para compartir experiencias en hospitales públicos del país, que han logrado la institucionalización del Parto Respetado, bajos los lineamientos propuestos dentro del Programa Maternidad Segura y Centrada en la Familia.

Así, desde la FFyH, se vienen realizando un trabajo multidisciplinario previo y sostenido a fin de propiciar, en la provincia de Córdoba, el cumplimiento efectivo de los derechos contemplados en esta ley.

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¿Qué decimos cuando decimos “parto respetado”?

El proceso de nacimiento y parto respetado se basan fundamentalmente en la valoración del mundo afectivo, emocional y cultural de las personas. Aquí se deben poner en prioridad los deseos y necesidades de sus protagonistas: madre, padre, hija o hijo y en la libertad de las mujeres o las parejas para tomar decisiones sobre dónde, cómo y con quién parir, por ser este uno de los momentos más conmovedores y significativos en la vida de cada persona. En Argentina, desde el año 2004 estos derechos están detallados en la Ley nacional 25.929 de Parto Humanizado.

Pensar en un parto respetado implica un cambio de paradigma profundo, no sólo en la medicina y en las prácticas habituales dentro de la obstetricia moderna. Significa también modificaciones  en la formación académica de los profesionales de la salud y  en comportamientos o pautas culturales  de la sociedad. Es concebir los embarazos y nacimientos, no como una enfermedad, sino como un proceso saludable.  Lo opuesto a este concepto es el proceso de medicalización habitual donde el destino de la mujer y su hijo/a se encuentran sujetos a procedimientos de intervención rutinarios, que no consideran las diferencias y especificidades individuales, transformando en violentas las actitudes asistenciales.

Un parto respetado implica:

  • Reconocer en la madre, el padre y  los hijos a los verdaderos protagonistas, conociendo de manera profunda la fisiología de cada mujer.
  • No intervenir o interferir rutinariamente en este proceso natural, no habiendo una situación de riesgo evidente.
  • Reconocer y respetar las necesidades individuales de cada mujer/pareja y el modo en que desean transcurrir esta experiencia (en una institución o en su domicilio).
  • Respetar la intimidad del entorno durante el parto y el nacimiento.
  • Favorecer la libertad de posición y movimiento de la mujer durante todo el trabajo de parto (parto en cuclillas, en el agua, semisentada, o como desee).
  • Promover el vínculo personalizado entre la pareja y el equipo de asistencia profesional.
    Respetar la necesidad de elección de la mujer de las personas que la acompañarán en el parto (familia, doula, amigos, etc).
  • Cuidar el vínculo inmediato de la madre con el recién nacido, evitando someter al niño a cualquier maniobra de resucitación o exámenes innecesarios.

 ¿Qué sucede habitualmente?

En la Argentina, el parto y los momentos que conciernen al nacimiento de cada persona, por lo general, se desarrollan en instituciones de salud –públicas y/o privadas–, como un hecho “médico” sometido (y sometiendo a la mujer) a un proceso de medicalización, de despersonalización y des-sexualización, negándole así su verdadero protagonismo.

El proceso de medicalización está relacionado con el lugar dónde parir. Es decir, que por lo general está asociado al sanatorio o el hospital público. Pero fundamentalmente está ligado a los protocolos y las formas de intervenciones médicas que se realizan dentro de este proceso: conducción activa del parto; enemas; rasurados; goteos de oxitocina para acelerar el proceso del parto; cesáreas innecesarias, uso de distintos fármacos; posición horizontal de la mujer; práctica de episiotomía;  intervenciones sobre el recién nacido y separación precoz del bebé con su madre, entre otras. En este contexto, de manera rutinaria y en forma casi naturalizada, se producen así un sinfín de acciones invasivas que constituyen los que se conoce como violencia obstétrica.

La reglamentación de la Ley y su impacto

La importancia de la reglamentación de La Ley Nº 25.929 de Parto Humanizado es celebrada porque irremediablemente  garantizar el cumplimiento de estos derechos en hospitales públicos o clínicas privas, implicará comenzar a modificar la atención hacia las mujeres embarazadas y sobre todo, eliminar prácticas que resultan invasivas o violentas.

El texto de la Ley establece de forma clara que «el equipo de salud interviniente deberá informar en forma fehaciente a la persona en estado de gravidez y a su grupo familiar, en forma comprensible y suficiente acerca de posibles intervenciones que pudieran llevarse a cabo durante los procesos de embarazo, parto, trabajo de parto y puerperio, especificando sus efectos, riesgos, cuidados y tratamientos«.

Además garantiza que: «Cada persona tiene derecho a elegir de manera informada y con libertad, el lugar y la forma en la que va a transitar su trabajo de parto (deambulación, posición, analgesia, acompañamiento) y la ví­a de nacimiento«.

La reglamentación especifica en su artículo 2 que «toda mujer, en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el posparto tiene derecho a estar acompañada por una persona de su confianza y elección durante los controles prenatales, el trabajo de parto, el parto y el posparto». Asimismo, deja en claro que «los servicios de internación neonatal, aún en sus áreas de terapia intensiva, deberán brindar acceso sin restricciones para la/s madre/s y/o el/los padre/s del/la recién nacido/a, permitiendo el contacto físico«.

El texto completo de la reglamentación de la Ley se publicó  el 1 de octubre de este año y se puede leer de manera completa en el Boletín Oficial

Su debido cumplimiento y aplicación en cada centro de salud del país, impactará de manera positiva y directa en bajar los índices de violencia obstétrica.  Además, el espíritu del texto de la ley propicia concebir cada nacimiento como una verdadera celebración, en contextos de amor y respeto.

 

“Mujeres protagonistas, en el camino del parto”

A partir del mes de abril 2015, la Secretaría de Extensión de la Facultad de Filosofía y Humanidades junto a la Escuela de Trabajo Social, vienen desarrollando el proyecto extensionista  denominado “Mujeres protagonistas, en el camino del parto”.

Un proyecto que tiene por objetivos favorecer el encuentro de mujeres, embarazadas y puérperas, en espacios de intercambio de saberes y experiencias que les posibiliten la vivencia de un parto y crianza desde la amorosidad en los vínculos y la perspectiva de género, en el marco de la promoción y el cumplimiento de derechos humanos en un Centros de Salud, dedicado a la atención primaria y hospitales de Córdoba.

Además, se promueve la producción de saberes profesionales y prácticas de salud en el ámbito de las instituciones que favorezcan la plena vigencia de la Ley nacional 25.929 de derechos de padres e hijos durante el proceso de parto y nacimiento.

El trabajo se desarrolla territorialmente en el centro de atención primaria de la salud del Barrio 16 de noviembre de la Ciudad de Córdoba, en el marco de un convenio institucional de prácticas académicas.

Las actividades consisten en el dictado de talleres de preparación al parto respetado, que se realizan de manera conjunta  con los profesionales de este Centro de Salud. También se realizan relevamiento de mujeres que se encuentran en el programa de control de embarazo y visitas domiciliares. El proyecto inició en abril y se extenderá hasta diciembre, con la perspectiva de darle continuidad a lo largo del 2016.

El trabajo se enmarca en el reconocimiento del derecho al parto respetado, amparado en la Ley 25.929 de Derechos de padres e hijos durante el proceso de nacimiento. Así mismo, se vincula con y la Ley nacional 26.485 de Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

Equipo de trabajo de la UNC:
Lic. Lilia Hernandez (FFyH)
Lic. Susana Andrada.
Tesistas: Melisa Acosta, Agostina Brovelli, Ángeles Bustos Reynoso (ETS).

Equipo de trabajo del Centro de Salud del Barrio 16 de noviembre:
Médico: Carlos González
Enfermera Griselda Gautero.
Licenciada en Trabajo Social: Ana Morillo.

 

Texto: Irina Morán
Galería de fotos: Natalia Roca, avance de su proyecto “Dar a Luz”.

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