Iñaki Rivera Beiras es argentino, doctor en criminología y director del Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos de la Universidad de Barcelona, ciudad donde se graduó y vive desde que se exilió, en 1981. Especialista en cárceles, vino a Córdoba a participar de un congreso de jueces de ejecución penal y conversó con Alfilo sobre distintos temas: la defensa de los ddhh de los detenidos, la indiferencia de los magistrados sobre el destino y situación de los condenados, la necesidad de reformar el derecho penal para contrarrestar los abusos de la institución carcelaria, y el rol que debe y puede jugar la educación superior en la vida cotidiana de los presos, además de pensar alternativas al encierro indiscriminado que proponen las políticas de mano dura.
Considerado uno de los más destacados especialistas a nivel internacional de la criminología “garantista”, este argentino-catalán es también uno de esos tipos que incomoda al poder. Siempre. Esté donde esté. Desde la academia, en su puesto de profesor titular de ejecución penal y derecho penitenciario en la universidad de Barcelona, o desde la acción, a través del Observatorio de Derechos Humanos que en 2001 ayudó a crear con el objetivo de abordar el complejo mundo penitenciario. Hipercrítico de la situación argentina y mundial por sus fracasadas políticas de encierro indiscriminado y violación sistemática de los derechos humanos de los presos, Iñaki Rivera Beiras visitó nuestra ciudad para disertar en un congreso de jueces de ejecución penal, y en el ratito que le quedó libre aceptó gustoso la entrevista con Alfilo para hablar de todo lo que sucede adentro y afuera de la institución insigne del sistema penal: la cárcel, espacio en el cual esta Facultad viene trabajando de manera ininterrumpida desde1998 a través del Programa Universitario en la Cárcel (PUC)
– Vamos de lo general a lo particular: ¿Qué significa hablar de Derechos Humanos en la cárcel en términos concretos, en la práctica cotidiana del encierro?
– No debería ser otra cosa que la privación del derecho ambulatorio que es la libertad, pero todos sabemos que a ese derecho ambulatorio le acompañan muchas privaciones más. Sería relativamente fácil señalar que la defensa de los derechos humanos sería defender el derecho a la vida, la prohibición de torturas, que tengan una buena asistencia sanitaria, alimenticia, derecho al trabajo remunerado, contacto con los familiares, todo un listado básico de los derechos que están garantizados en la ley y en los tratados internacionales. Sin embargo, eso es negado desde distintos frentes ideológicos, que revalorizan más el derecho de las víctimas que sufren los delitos y cuestionan el humanismo y el garantismo para con los detenidos. Es un discurso revigorizador del castigo penal. Esos son los discursos de una derecha autoritaria o como se la quiera calificar. En el centro tenemos a aquellos que defienden con claridad los derechos de las personas privadas de libertad, pero curiosamente, desde otras perspectivas críticas, se dice que definitivamente no tiene sentido trabajar por un garantismo penal en el interior de la cárcel porque el contenido mismo de la penalidad supone la suspensión de los derechos de la persona detenida. Entonces, exigir la defensa de los derechos de los presos solo tendría sentido si se renuncia a punirlo, si se renuncia al castigo carcelario. Ahora, volviendo a tu pregunta, ¿Tiene sentido trabajar por las necesidades de los presos? Sí, tiene sentido trabajar siempre y cuando se parta de la base de que cualquier mejora de esa situación corre el serio riesgo de contribuir a la perpetuidad de la institución carcelaria. Es el eterno debate de que las mejoras positivas no derrumban una institución que hay que decir que está imposibilitada –no hoy, desde siempre- para producir efectos positivos de cara a una reintegración o rehabilitación de una persona.
Si se tiene en cuenta todo esto y se abandona todo atisbo de ingenuidad o inocencia, y todo está guiado por una profunda voluntad radical de transformación, entonces sí tiene sentido la lucha. Para que tenga sentido trabajar, hay que producir una reflexión crítica de todo ese universo.
¿A qué se debe que el abordaje del problema carcelario sea exclusivamente penal?
– A que los juristas tiene una visión absolutamente estrecha, limitadísima por decirlo suavemente, de este problema. Además creen -jueces, fiscales y abogados- que estamos hablando de problemas técnicos, procesales. Pero el problema carcelario no puede reducirse a un problema técnico-procesal, tiene evidentemente una dimensión estrictamente política, tiene que ver con un modelo de organización social, tiene que ver con un determinado modo de planificación económica, y todo esto se traduce en carácter político donde lo jurídico, a lo sumo, juega un papel instrumental al servicio de otro tipo de producto. Yo no tengo esperanzas que desde lo jurídico puedan contribuir a un mejora sustancial de la cuestión carcelaria, lamentablemente los juristas no son representativos de un ejercicio comprometido. Las malas conciencias de los juristas y sobre todo de los jueces, se lavan en el mundo del sistema penal con multitud de argumentaciones. Lo que llamamos sistema penal no es más que una suerte de subsistemas en las que ninguna de sus partes es responsable por el todo: la policía hace su trabajo y entrega al detenido a los jueces, estos lo procesan y lo condenan a la cárcel y no son responsables de lo que pase en la cárcel, y los de la cárcel dicen “nosotros no hemos traído los presos aquí, son los jueces”, y ninguno de los tres actores tienen responsabilidad por el resultado final, por el todo, por lo que no puede llamarse sistema penal. Los jueces saben lo que están haciendo cuando condenan a las personas. Las cárceles argentinas son ilegales, la situación del sistema penitenciario no se sostiene y los jueces no podrían condenar como condenan a penas que son crueles, inhumanas y degradantes. Yo les diría sinceramente a los jueces penales, que condenan tan alegremente a las personas a tantos años de privación, si saben a dónde están condenando, si saben que sus sentencias están sosteniendo a todo un sistema que está prohibido por normas de carácter internacional ¿que legitimidad tienen esos jueces? Mientras esto no cambie nada se modificará, ni un milímetro, y la realidad carcelaria seguirá siendo profundamente insultante.
Las cárceles argentinas son ilegales, la situación del sistema penitenciario no se sostiene y los jueces no podrían condenar como condenan a penas que son crueles, inhumanas y degradantes.
– En Argentina hay altísimos índices de presos con prisión preventiva, sin condena, ¿qué reflexión le merece esa situación?
– Esos índices no hacen más que confirmar esto que digo: no existe la presunción de inocencia, es algo que no se sostiene. En Europa es al revés que en América Latina, el 70 por ciento está condenado y el 30 es preventivo, y los europeos lo manipulan para justificar su sistema carcelario, como si eso fuera muestra de una evolución. Obviamente la situación de la privación preventiva es insostenible, la presunción de inocencia y las garantías de las personas deben formar parte de un paradigma mínimamente respetuoso.
– ¿Son las cárceles un instrumento de control social del sistema penal?
-Citando a un maestro de todos nosotros, Bargalli, esta es una confusión eterna de los penalistas que confunden control social con control penal. El sistema penal no tiene nada, nada que ver con el control social. El control penal es ejercido por aparatos del estado muy serios, como la policía, los jueces, los penitenciarios, que no tienen nada que ver con el control social, es control punitivo. El control social es algo que proviene de una tradición de una vieja sociología norteamericana, cuando la sociedad norteamericana, que era un gran mosaico inmigratorio, necesitó ordenar su sociedad, que hablaba 20 lenguas distintas, culturas distintas, religiones, etnias… El Estado del control social, de Mario Melosi, nace de esa necesidad de ordenar un fenómeno de éxodo inmigratorio. La necesidad de ordenar la vida familiar, cultural, fabril, escolar, que no tiene nada que ver con el sistema penal. Una cosa es el control social y otra el control penal. Son controles profundamente distintos. Que puede haber vinculaciones es otra cosa, pero ejercen y tienen competencias sumamente distintas.
El control social no está llevado a cabo por el sistema penal, solo confirma lo que hace la economía, la planificación estatal, el merado laboral, etc.
– La pregunta iba dirigida a pensar porqué siempre son los sectores populares los que terminan en la cárcel.
-Es cierto que el sistema penal viene a reforzar otro tipo de control social, pero el control social no está llevado a cabo por el sistema penal, solo confirma lo que hace la economía, la planificación estatal, el merado laboral, la discriminación que sufre la gente, etc, etc. Ahí el sistema penal no tiene nada que ver. Ahora, eso sí, el que de un pasito más el sistema penal va a estar esperándolo con los brazos abiertos para que el inmigrante sin papeles sea detenido, o para quien comete un delito y es pobre. Pero antes del sistema penal hay todo un sistema político, económico, discriminatorio, ahí se hace el control social y al final siempre nos queda el sistema penal.
-Decir eso libera de responsabilidad a los otros sistemas, ¿no?
-No sé si esto libera de responsabilidad a otros sistemas del Estado, creo que son muy compartidos. No se puede regular una conflictividad social a través del sistema penal, porque entonces si así fuera, entonces reformado el sistema penal estaríamos reformando una situación social. Y estoy seguro que no van a solucionarse los problemas sociales reformando el código penal. Esto es una prueba de que el control social no lo ejerce el sistema penal.
Si los presos no pueden ir a la universidad como otros alumnos, la universidad debe ir a la cárcel.
-¿Puede haber gobiernos que sí lo crean?
-Saben que es más complejo que eso, son gobiernos que intentan gobernar con el miedo, inoculando miedo a la sociedad, para luego aplicar las recetas del miedo con el código penal. Ahora se anuncia en España una reforma del código penal como consecuencia de las protestas obreras. Y el ministro del interior de Rajoy acaba de anunciar la necesidad de extender la legislación antiterrorista a otras situaciones sociales o laborales, cuando el fenómeno terrorista está prácticamente desaparecido en España. Es común que la legislación de “emergencia” siempre continúa cuando esa situación desaparece. No solo no se desmantela, sino que se aplican a otros sectores. Las leyes de excepción terminan siendo “normales”. Así se convierte el terror en un elemento de gobernabilidad.
-Acá en Argentina es una forma de condicionar a la sociedad en sus relaciones sociales, para demonizar a ciertos grupos.
-En España se está dando una paradoja criminológica que dice que entre el 2000 y 2010 la tasa de criminalidad es descendente, mínima, pero baja. Y al lado de eso, en la misma década, la gráfica de tasa de encarcelamientos es muy hacia arriba. Entonces les decimos a los estudiantes de la universidad: miren, nos hemos quedado sin ciencia, porque no se entiende. Si una ciencia es eso que debe ofrecer una explicación a un determinado fenómeno, aquí no se encuentra. En la criminología nos quedamos sin disciplina, no podemos explicar el aumento de encarcelamientos con la tasa de delitos. La cosa es mucho más compleja. La olla carcelaria crece cada vez más y es más complejo de analizar. No es el discurso de la inseguridad el necesario para endurecer el código penal. No es cierto que exista esa inseguridad.
-¿Además de dar clases a los internos, qué papel debe cumplir la universidad en la cárcel? ¿es posible que tenga una intervención más profunda, por ejemplo participando en el diseño de las políticas públicas en relación a la problemática carcelaria?
-Es un tema delicado, porque se corre el riesgo o el peligro de que la cárcel termine en una lógica de premios y castigos con este tema. La cárcel puede comérselo todo. Yo creo que la universidad sí tiene que jugar un papel importantísimo en la cárcel desde muchos puntos de vista. La universidad pública tiene que ser un lugar de formación, investigación y análisis crítico. Son las tres tareas de la universidad pública, de un determinado modelo de universidad. Desde esa triple visión, tiene que participar con la realidad de todos los actores, no solo con los presos que conforman la vida carcelaria. La universidad forma abogados, jueces, fiscales, y debe jugar un papel importante con los operadores penitenciarios, con los propios penitenciarios, que no reciben muchas veces la formación adecuada. Y sin duda también en la cárcel la universidad tiene que desempeñar un papel importante con los presos, y no un papel a distancia. Si los presos no pueden ir a la universidad como otros alumnos, la universidad debe ir a la cárcel, pero poder tener un sitio no contaminado por la lógica disciplinaria de la cárcel. Debe ser un lugar que reproduzca absolutamente el aula universitaria, es decir, un sitio en el cual puedan acudir hombres y mujeres, no separados, igual que en un aula común. Un espacio físico en el cual no haya guardias, como no los hay en la universidad, donde se pueda tener acceso a todo tipo de materiales, como Internet -algo a lo que los presos no pueden acceder-, material bibliográfico, archivos, biblioteca para que éstos puedan desarrollar sus investigaciones y un espacio libre para la producción también de análisis crítico de esta situación. Yo sé que esto es sumamente difícil, genera todo tipo de resistencia.
Una sociedad no puede crecer y desenvolverse sobra la base de la impunidad. Y la Argentina lo sabe. Me refiero al terrorismo de Estado.
-Ustedes en Barcelona las tuvieron, podría contarlo.
-Si nosotros pudimos crear un Observatorio de Derechos Humanos en la universidad de Barcelona, fue porque se nos abortó el programa que hacíamos en la cárcel, y que se llamaba “Abrir la cárcel”, que duró seis meses. Era la creación de un aula con hombres y mujeres donde nunca pasó absolutamente nada que no pase en un aula universitaria, nada escandaloso tampoco, pero que no pudo ser soportado por la autoridad penitenciaria. No pudieron soportar que allí adentro se generara un espacio de confianza, se formara una pareja y se dieran un beso a la salida, estaban todos esperando la morbosidad de que sucediera algo. También temían que alguien del interior le diera a alguien del exterior algo para que se difunda, no una sustancia ni nada de eso, sino que en el exterior se difundiera algo que sucede en el interior. Y por supuesto que eso se hizo, claro que se hizo, y no había nada ilegal, no se quebrantaba ningún tipo de pacto, juramento o promesa. En el exterior se empezó a trabajar con periodistas, y los medios de comunicación jugaron un patético trabajo. Nosotros necesitábamos de esos medios para contar toda la irracionalidad del interior de la cárcel, y se conocieron a través de algunos sensibles periodistas estas problemáticas. Y eso fue insoportable, lo que promovió en el año 2000 una huelga de funcionarios de la cárcel, que lograron durante dos meses paralizar la vida carcelaria. Se empezó una solidaridad en otras cárceles catalanas y se armó un gran conflicto y entonces se llamó al rector de la universidad y tuvimos que dar marcha atrás con el programa, y la universidad retirarse de la cárcel. No se estaba repartiendo la comida, la basura, hubo muchos conflictos, porque los presos apoyaron la continuidad del proyecto nuestro, y se dio una discusión entre la universidad y la cárcel. El rector no entendía nada pero era sensible. El pulso lo ganó la institución carcelaria y ser ordenó el retiro de todos nosotros, y como consecuencia de eso y por un acto de mala conciencia, se nos propuso la creación del Observatorio de DD.HH, que es un equipo de gente que observa el funcionamiento de la cárcel. Es una muestra de la tremenda importancia que tiene la universidad dentro de la cárcel, no de cualquier manera. Es una presencia que debe pretender, ni más ni menos, la reproducción del aula, del espacio universitario que supone la creación de un lugar de auténtica libertad. Como decía Foucault “ahí donde hay poder hay posibilidades de resistencia”. Agujeros, grietas, y se coló la creación del Observatorio.
-Hay alternativas pensadas desde el derecho o la sociología para salir de la lógica de la pena privativa de la libertad ¿Qué opina de la pena restaurativa, son cosas de académicos, de laboratorio, o se puede avanzar en lo concreto?
– No hay voluntad política de otra que no sea la privación de la libertad, que es una pena dura. Los juristas tratan esto no desde la dimensión biográfica sino estadística, técnica. El único norte a eso es seguir pensando en trabajar con esa persona en liberad, que no es en absoluto sinónimo de impunidad. Ahí podemos empezar a pensar en multitud de opciones: sanciones, medidas procesales, suspensión de ejecución de fallos, experiencias que existieron en Italia hace 35 años. Lo que se llamó «el uso alternativo del derecho» que era condenar y no mandar a prisión, buscando medidas de gracia, indulto. Jurisprudencia alternativa que aplicaron jueces que tenían coraje para trabajar de otra manera. Además hay multitud de penas, suspensiones de derechos, sanciones económicas, sistemas de mediación. Porqué hay que partir de afirmar lo contrario, hagamos la pregunta al revés. El único momento en el cual se produce la superación del encierro es la creación del derecho, erradicando de la ley que el juez condene con cárcel. Mientras esto no se debata así, no hay metodológicamente posibilidades. Todo lo que se haga a posteriori no es superador. Y una cuestión final: yo no quiero plantear una perspectiva abolicionista, en la que tampoco creo. Lo digo aquí, en este país, que cobra un significado especial, porque una sociedad no puede crecer y desenvolverse sobra la base de la impunidad. Y la Argentina lo sabe. Me refiero al terrorismo de Estado. No se puede correr el juego de inocente o ingenuo de renunciar a la respuesta penal frente a un tipo de criminalidad organizada desde el Estado, como la que asoló a la Argentina. Por lo tanto, esto no es ningún tipo de meta abolicionista, sería ingenuo. Menos contra quienes saquearon un país y provocaron un genocidio en una generación entera.
«El 95 por ciento de los presos no han matado, ni violado, sino que son delitos contra la propiedad o el mundo de la droga»
Así que yo no abogo por la desaparición de un sistema penal. Otra cosa es pensar en la clientela carcelaria que tenemos. Y la de hoy es la cárcel que tenemos y no queremos, porque el 95 por ciento de los presos no han matado, ni violado, sino que son delitos contra la propiedad o el mundo de la droga, y en esos casos se puede trabajar de otra manera.
Cárcel y trabajo
-En los últimos ha evolucionado en Córdoba el tema del acceso del trabajo en la cárcel, hay más posibilidades, acompañando las bajas de la cifras de desocupación ¿qué pasa cuando eso se revierte y depende del mercado laboral exterior, al punto de que se lo llegue a objetar? ¿se está discutiendo en España la relación entre cárcel, trabajo e índices de desocupación?
Es un tema importantísimo, histórico de la cárcel, desde que nace la pena privativa de la libertad, por eso hay que hacer una mini introducción. El trabajo ha sido considerado desde puntos de vista distintos: para «matar el tiempo», el trabajo que venía de antes, que es el trabajo forzado unido claramente a las penas corporales, todo que tienen que ver con la servidumbre, y el intento de salir de eso para convertir al trabajo a mitad del siglo XIX como elemento del tratamiento penitenciario, propio del correccionalismo, por lo menos en Europa. En un tiempo más adelante el trabajo es subsumido en la lógica de premios y castigos, el trabajo pasa a ser evaluado para llegar a un umbral de readaptación junto a la disciplina. Eran los dos parámetros para conceder o denegar beneficios. Y el trabajo terminó subsumido en esa lógica peligrosista de premios y castigos. Cuando la ejecución de la pena entra en un grado de flexibilidad, el trabajo siempre junto a otros elementos juega un papel de elemento valorativo a examinar por los equipos multidisciplinarios. Y por eso corrió distinta suerte. En un intento de superar determinada constitución europea, de post segunda guerra, se intentó objetivar para que no fuera un elemento del tratamiento sino un derecho fundamental de los presos penados, no preventivos. Esto decía el constitucionalismo social. Y habla de un trabajo remunerado, esto está en la constitución española. A partir de eso, que copia disposiciones de otras constituciones de los años ’70, el trabajo tendería a ser igual que el de afuera. La inmensa mayoría de los jueces negaron siempre la remuneración pretendida de los presos con el argumento de la carencia presupuestaria, por la vía de los recursos de amparo donde el 100 por ciento de los jueces nunca otorgaron el amparo, rebajando el contenido a la categoría a la llamada de los derechos de paliación progresiva. Es decir, al derecho lo tienes, pero no lo tienes hoy. De ahí viene lo progresivo, es posible pensar que nunca va a ocurrir. Si a esto se le une -los llevamos al presente-, la situación española de crisis económica, fundamentalmente de 6 millones de desempleados, yo te diría que no existe espacio social para reclamar que a los presos se les pague un salario en el marco social de una sociedad que no está ni dispuesta a hablar de eso.
-¿Esto depende entonces siempre del mercado laboral externo?
Sí, lo que vacía de contenido a esos derechos. Es más, allá en España hay un formulario preestablecido para denegar ese derecho.
El negocio carcelario
– Hay un fenómeno de sacar a las cárceles de los centros urbanos, lo que dificulta, en los sectores más humildes, la relación con sus familiares, ¿Tiene que ver con una cuestión doctrinaria? ¿Cómo lo analizas?
Estoy absolutamente en contra de sacar las cárceles de la ciudad. Aunque me cueste defender la construcción de las cárceles, estoy en contra de esta tendencia que es planetaria, de llevar a predios alejados a los presos para sacarlos de los ojos de todos. Las cárceles tienen que estar donde todos vivimos y entre todos producimos los presos que producimos. No se soluciona el problema sacando a los ojos de la ciudad. La función de la resocialización supone que la gente a de volver al núcleo urbano cuando se le conceden salidas ¿cómo van a conceder eso si se alejan del mundo familiar y laboral al cual se va a integrar?, Esto sumado a la imposibilidad de los familiares que son castigados por el alejamiento. Y un dato anecdótico es que la cárcel es algo que siempre renace. El último gobierno catalán, progresista, que gobernó hasta hace un año, mandó a construir 8 o 9 cárceles. La justificación fue estrictamente económica del director de instituciones. Pero no era para mejorar las condiciones de los presos, porque la cárcel vieja no se vacía y se llena la nueva. La justificación fue que la instalación de la cárcel en terrenos urbanos genera toda una serie de servicios que hay detrás de la cárcel. Al instalarla en medios rurales se va a generar un enorme movimiento de hoteles, restaurantes, bares, medios de transporte que va a generar una rehabilitación de las cárceles que gracias a esta se van a desarrollar. Se le atribuye la vitalidad de recuperar la economía, de dinamizarla generando puestos de trabajo. Esa es la nueva forma de presentar el discurso de la construcción carcelaria. Es una tendencia opuesta de lo que se debe hacer, muy nociva de la tarea de lo que la cárcel dice debe tener.
Perfil
Iñaki Rivera Beiras se exilió en Barcelona en 1981. Allí ingresó como docente del Instituto de Criminología en la Universidad de Barcelona. En 1988 obtuvo el diplomado europeo en Criminología. Realizó su curso de doctorado en Barcelona (bajo la dirección de otro argentino exilado -Roberto Bergalli-). En 1993 se doctoró en derecho por la Universidad de Barcelona y en 1996 obtuvo por concurso la plaza de profesor titular de ejecución penal y derecho penitenciario. En el 2001 fundó el observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos de la Universidad de Barcelona, del cual es director hasta la actualidad. Dicho observatorio desarrolla investigaciones vinculadas con los ámbitos de género, cárcel, inmigración, jóvenes en conflicto con la ley y otras áreas relacionadas con los derechos humanos y el sistema penal. Actualmente es Co-Director conjuntamente con Roberto Bergalli, del Master en Sistema Penal y Problemas Sociales, como así también del Doctorado en Derecho de la Universidad de Barcelona. Es autor de 16 libros como autor, compilador y/o editor, y de numerosos trabajos ensayos y artículos publicados en países de Europa Occidental y América Latina, vinculados a la problemática de la política criminal, la criminología y otras disciplinas penológicas.
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