Sostuvo que implica un retroceso en el objetivo de construir normativas contravencionales respetuosas de los derechos humanos y constitucionales, ya que se recurre al poder punitivista y a la privación de libertad como herramienta, ampliando atribuciones policiales sobre conductas de poca importancia. Se solicita además, que el Consejo Superior de la UNC haga propia esta declaración.
En su sesión del 22 de agosto, el Consejo Directivo de la Facultad de Filosofía y Humanidades aprobó por unanimidad su rechazo al proyecto de modificación de la Ley 10.326 del Código de Convivencia de la Provincia de Córdoba, porque implica “un retroceso en el proceso de construir un código de convivencia respetuoso de los derechos humanos y constitucionales, orientado a asegurar la vigencia simultánea de todos los derechos de todas las personas”.
Citando los antecedentes de la Marcha de la Gorra y otros diversos reclamos legítimos que fueron acompañados y apoyados por el Consejo para evitar atropellos a los derechos humanos y garantías constitucionales que eran afectados por el anterior Código de Faltas, la Declaración señala que “hoy la regresión en ese proceso queda a la vista en el castigo proyectado para el ejercicio del derecho a la protesta, a la reunión y a la expresión”. Además, “se utiliza un lenguaje amplísimo que impone sanciones para quienes simplemente “alteren” el tránsito, como la posibilidad de restringir por la fuerza policial muchas modalidades de protesta, históricamente ejercidas por personas, grupos e instituciones de nuestra Provincia y de nuestra Universidad”.
En este sentido, se afirma que “frente a una larga y sostenida búsqueda de que el derecho contravencional sea respetuoso de las garantías y libertades constitucionales, arraigada en reclamos masivos y fundados de colectivos juveniles y estudiantiles, este proyecto da un paso en la dirección contraria: recurre al poder punitivista y a la privación de libertad como herramienta, amplía las atribuciones policiales sobre conductas de poca importancia, castiga y recorta derechos a la libertad de expresión, definida como parte del “orden público primario y radical de la democracia, que no es concebible sin el debate libre y sin que la disidencia tenga pleno derecho de manifestarse”, como estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su Opinión Consultiva -5/85 del 13-11-1985”.
Entre algunas de las arbitrariedades planteadas en este proyecto de modificación, se destacan la duplicación de las penas cuando quienes protestan son empleados públicos o personal del transporte, “sin que los fundamentos aclaren por qué se apunta directamente a estos grupos de trabajadores”. Trato desigual sin justificación que “se acerca demasiado a la discriminación, especialmente grave cuando afecta a las personas en su lucha por reivindicaciones laborales o sociales”.
A su vez, sectores populares pueden ser objetos de persecución ya que otra cláusula de la iniciativa presentada por legisladores del oficialismo provincial castiga con penas hasta de arresto a quienes revuelven la basura. “Cuando en nuestra Constitución se consagra el derecho a la alimentación, esta propuesta legislativa se limita a castigar a quienes buscan comida”, dice el texto.
Otro absurdo del proyecto es la sanción de multa o privación de libertad para quienes escupan en lugares públicos o privados. “Cabe preguntarse si resulta sensato dar facultades a la Policía para perseguir este gesto desagradable pero insignificante; también vale la pena pensar si es un uso adecuado de los recursos públicos destinar horas de trabajo de la administración para tramitar expedientes sobre este tema”, advierten.
Para lxs consejerxs no cabe duda que la propuesta “no es la herramienta legislativa que nuestra provincia necesita para mejorar un Código que asegure la vigencia permanente, plena y simultánea de todos los derechos y la convivencia de todas las personas”, y por tal motivo solicitan al Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de Córdoba que haga propia declaración.
Fotografía: Marcha de la Gorra