El Consejo Directivo de la FFyH aprobó, mediante la resolución N° 62/2022, un protocolo para reglamentar las situaciones que se pueden producir en el ámbito universitario después que las personas que fueron denunciadas cumplen con la sanción aplicada y deben retornar a sus actividades en la Facultad.
Desde 2015, en el ámbito de la UNC, es posible realizar denuncias por razones de discriminación y violencias de género en el marco del Plan de Acciones y Herramientas para prevenir, atender y sancionar las Violencias de Género (RHCS N° 1011/15).
En la FFyH, el Programa Género, Sexualidades y Educación Sexual Integral (PGSyESI) (RHCD N° 513/18) prevé dentro de sus líneas de acción “generar un espacio institucional que permita abordar, canalizar y acompañar situaciones de violencias de género que pudieran darse en nuestra Facultad en articulación con el plan de acciones para prevenir, atender y sancionar las violencias de género en el ámbito de la UNC”.
Desde la creación del Programa, se han construido una serie de estrategias para el abordaje de consultas, el acompañamiento a realizar denuncias y manifiestos, así como para el seguimiento y acompañamiento en cada una de estas situaciones.
No obstante los avances realizados en este sentido, la reglamentación existente no prevé “qué hacer” una vez que las personas que fueron denunciadas cumplen con la sanción aplicada y deben retornar a sus actividades en el ámbito de la UNC.
“Desde el Programa nos encontramos con las tensiones lógicas inherentes a situaciones complejas de discriminaciones y violencias de género para las cuales se hizo necesario construir -de manera conjunta con Consejeres del HCD de la Facultad y luego de varias sesiones de discusión- un Protocolo de actuación”, comenta Javier López, coordinador del Programa Género, Sexualidades y Educación Sexual Integral de la FFyH.
Este Protocolo, aprobado por la RHCD N° 62/2022, permite regular y comunicar las acciones realizadas para promover ambientes libres de discriminación y violencias de género, pero no agota las acciones necesarias para las situaciones particulares.
Protocolo de actuación para cierre de investigaciones sumariales – RHCS. 1011/15
La necesidad de constituir y formalizar esta línea de intervención surge de las experiencias enmarcadas en la aplicación del Plan de Acciones y Herramientas para prevenir, atender y sancionar las Violencias de Género en el ámbito de la UNC aprobado por la resolución aludida en el título del proyecto. Con el paso del tiempo y la implementación efectiva de los mecanismos previstos, se presenta el desafío del retorno al ámbito de la Facultad por parte de personas con sumarios concluidos. El objetivo será puntualizar y profundizar acciones concretas de prevención, seguimiento y acompañamiento de situaciones de discriminación y violencias de género enmarcadas en el Plan de Acciones, ejecutadas por el Programa de Género, Sexualidades y Educación Sexual Integral. Se lo define como una línea de intervención del Área Central de la Facultad, coordinada por el Programa de Género, Sexualidades y Educación Sexual Integral, en articulación con las autoridades decanales, la Secretaría de Asuntos Académicos y la Secretaría de Asuntos Estudiantiles. Se podrá convocar a autoridades de Escuelas y Departamentos, Centro de Estudiantes, Delegaciones Gremiales Docentes y Nodocentes, Áreas Administrativas, Centro de Investigaciones, Museo de Antropología y centros de doble dependencia y realizar consultas con el FemGes del CIFFyH. Serán sus funciones: a) Garantizar asesoramiento legal a cargo de la Asesoría Letrada de la Facultad sobre aspectos jurídicos implicados en la aplicación del Protocolo. b) Articular acciones con la Unidad Central de Políticas de Género. c) Asesorar y brindar información a las personas involucradas en sumarios por discriminación y violencias de género. d) Convocar a las personas involucradas en sumarios concluidos, así como a las comunidades directamente afectadas por las acciones producidas. e) Elaborar estrategias de intervención para los casos incluidos en el Protocolo, teniendo en cuenta las especificidades de los claustros y estamentos, las particularidades de sus actividades cotidianas y sus ámbitos de desarrollo. f) Intervenir en situaciones de conflictos vinculadas con sumarios por discriminación y violencias de género. g) Promover la participación en capacitaciones de la UNC y de diversas jurisdicciones estatales, sobre abordajes de violencias de género, cisheteronormativas y hacia las disidencias sexuales. h) Informar al Honorable Consejo Directivo y a las autoridades que corresponda, sobre el curso de las acciones desarrolladas en situaciones específicas trabajadas en su ámbito. i) Establecer los plazos que resulten adecuados y necesarios para el abordaje integral de las problemáticas. j) Promover la formación de espacios institucionales que aborden la problemática de las violencias de género y discriminación, en las Escuelas, Departamentos, Museo de Antropología, Centro de Investigaciones y centros de doble dependencia. Y articular acciones con ellos. Se establece que la Coordinación del Programa de Género, Sexualidades y Educación Sexual Integral deberá presentar un informe de las acciones iniciales, en un plazo no mayor a los 3 meses, con el objetivo de revisar el presente protocolo de actuación. Las acciones y estrategias mencionadas en el presente protocolo, no agotan otras que pudieran surgir, en base a la experiencia y pueden ser modificadas o ampliadas en conformidad con el Honorable Consejo Directivo. El desarrollo de este protocolo deberá contemplar celeridad administrativa, anonimato y garantías de no revictimización. |