DERECHOS DE AUTOR
Marco legal (Ley Argentina de Propiedad Intelectual 11.723) que reconoce el derecho exclusivo que tiene el autor de disponer y hacer uso de su obra creada.
La ley hace referencia a toda creación intelectual de carácter literario, técnico, científico siempre y cuando tal obra haya sido formalmente materializada. Tener presente que las ideas no tienen derecho de autor hasta que se convierten en obras.
¿Qué tipo de derechos reconoce la ley a favor de los autores sobre sus obras?
a) Derechos morales: *Derechos de carácter personal que corresponden en exclusiva al autor de una obra. *Son personales e intransferibles *Reconocimiento de la paternidad e integridad de la obra.
b) Derechos patrimoniales:*Derechos económicos transferibles y de duración limitada en el tiempo. * No pueden ser utilizados sin el consentimiento del titular. *Abarcan derechos de reproducción, distribución, transformación y comunicación pública.
A partir de la entrada en vigencia de la Ley Nacional N° 26.899, los investigadores de la Universidad Nacional de Córdoba tienen el compromiso y la responsabilidad de poner en acceso abierto los resultados de sus producciones científico-tecnológicas.
El Acceso Abierto no se opone a que los autores ejerzan sus derechos sobre la producción científico-tecnológica que generan. En este contexto, se promueve que los mismos conserven sus derechos de autor y otorguen licencias no exclusivas de publicación.